Se ha conocido recientemente la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de fecha 16 de noviembre de 2023, por la que se abre la puerta a considerar el traspaso de una notaría como un supuesto de sucesión de empresa. Y ello ha sucedido en el marco de una cuestión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Social número 1 de Madrid, donde se analiza la situación de un cambio de empleador derivada del nombramiento de un nuevo notario y, en concreto, de la aplicación de la Directiva 2001/23/CE a este tipo de supuestos, más conocida como la Directiva de sucesión de empresas o TUPE.
El artículo 1.1.c de dicha disposición legal excluye del concepto de transmisión o sucesión de empresa la reorganización administrativa o traspaso de funciones de las autoridades públicas, lo que conlleva, en muchas ocasiones, que los trabajadores afectados por dichos supuestos no puedan acceder a la consecuente protección de sus derechos.
Esta exclusión tiene su origen en la distinción entre empresario privado y autoridad pública, la cual, a priori, parece clara. Sin embargo, existen algunas figuras, tales como los notarios, en las que esta distinción es más opaca.
Como mencionaba antes, la función pública y la privada se diferencian, entre otros aspectos, en que la primera persigue un interés general mientras que el interés de la segunda es particular (y está generalmente enfocado a obtener una ganancia económica). En el caso de los notarios, a pesar de que la
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