Cada vez más personas apuestan por los viajes combinados, ya que en un mismo contrato pueden adquirir servicios turísticos como transporte, alojamiento y visitas guiadas. De hecho, son una interesante opción para la temporada de vacaciones.
Sin embargo, hay casos en que los viajes combinados generan más de un problema para los clientes, pues algunas empresas turísticas incumplen sus contratos o entregan servicios deficientes. Por eso, tanto el Parlamento Europeo como el Estado español han establecido normas para proteger a las personas contratantes y fijar responsabilidades a los operadores turísticos.
Como abogados especialistas en Defensa de Consumidores y Usuarios, desde BCVLex hemos preparado este artículo para explicarle qué son los viajes combinados, las normas que los regulan en la UE y España y los principales derechos que tienen los clientes cuando contratan estos servicios.
Cuando una empresa turística organiza y ofrece dos o más servicios de viaje que se adquieren mediante un único contrato, se denomina viaje combinado. Por lo general, estos servicios suelen ser el transporte y el alojamiento de los viajeros, pero también se pueden incluir visitas guiadas, certámenes deportivos o entradas a conciertos.
Dentro de la Unión Europea, los viajes combinados están regulados por la Directiva (UE) 2015/2302 del Parlamento Europeo y del Consejo. Por su parte, España incorpora los lineamientos de esta Directiva en el Real Dec
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