Una empresa es condenada por denegar la reducción de jornada a una trabajadora para cuidar de su suegra

La negativa injustificada causó daños y perjuicios a la solicitante

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado a una empresa a conceder a una trabajadora la reducción de jornada que había solicitado para poder cuidar a su suegra, al ser el único familiar por afinidad que podía encargarse de ella.

Asimismo, los magistrados han ratificado la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados a la empleada y, por lo cuales, la condenada deberá abonarle la cantidad de 1.000 euros.

La empresa condenada, dedicada a la actividad de fabricación de artículos de piel, denegó la solicitud de una empleada solicitando la reducción de jornada por cuidado de un familiar, de 1/3 con la correspondiente deducción salarial y concreción horaria. El familiar que necesitaba de su cuidado era su suegra, de 74 años de edad y con diagnóstico de artralgia degenerativa, quien se encontraba impedida para valerse por sí misma al padecer dificultad para la deambulación, precisando apoyo en domicilio para realizar actividades básicas de la vida.

A juicio de la empleadora, la suegra no tenía reconocimiento de persona dependiente y por ello, se le denegó la reducción a la trabajadora. La actora demandó a la empresa en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

La demanda fue estimada, en parte, por el Juzgado de lo Social núm.44 de los de Madrid, declarando que la demandante tenía derecho a reducir su jornada de 1/3, en l

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