Si soy estudiante extranjero y termino mi permiso de estancia, ¿qué opciones tengo?

Tras la reforma del Reglamento de Extranjería, los estudiantes tienen la posibilidad, al terminar su permiso, de bien: prorrogar su estancia por estudios o de modificar a un permiso de residencia y trabajo.

Lo que muchos desconocen es que la reforma del Reglamento no derogó la posibilidad de que los titulares de un permiso de estancia por estudios puedan modificar a un Permiso de Residencia para la Búsqueda de Empleo -Autorización de residencia temporal no lucrativa Inicial (DA 17ª Ley 14/2013)- y es un permiso que, si bien no hablita a su titular a trabajar, sí le permite residir en España por dos años.

El texto legal expresa que:

Una vez finalizados los estudios en una institución de educación superior, los extranjeros que hayan alcanzado como mínimo el Nivel 6 de acuerdo con el Marco Europeo de Cualificaciones, correspondiente a la acreditación de grado, podrán permanecer en España durante un período máximo improrrogable de veinticuatro meses con el fin de buscar un empleo adecuado en relación con el nivel de los estudios finalizados o para emprender un proyecto empresarial

Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización

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