El Despacho NAVAS & CUSI, como especialista en franquicias, ofrece a sus clientes numerosos artículos doctrinales donde se tratan todos los temas relacionados con este tipo de relación mercantil. De ellos, para la elaboración del presente artículo, vamos a recordar lo que se indicaba al respecto de los derechos y deberes de las partes en el contrato de franquicia (franquiciador y franquiciado).
Dentro de los derechos del Franquiciado está el “deber de recibir una asistencia inicial del Franquiciador para la puesta en marcha del negocio y, una vez en marcha, tiene derecho a recibir un asesoramiento continuado en cuanto a la gestión del establecimiento”. En cuando a los deberes del Franquiciador, nos encontramos con el deber de “contar con una infraestructura suficiente para poder proporcionar al Franquiciado una asistencia continuada en la gestión de su establecimiento”.
De acuerdo con estos derechos y deberes, nos planteamos la siguiente cuestión: ¿estaríamos ante un incumplimiento grave del contrato de franquicia por parte del Franquiciador si el Franquiciado no recibiera asistencia de aquél para la gestión de su establecimiento?
La respuesta es clara: SI.
La asistencia del Franquiciador es clave para la gestión del negocio por parte del Franquiciado. Sobre todo, en aquellos negocios donde exista una necesari
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