Tal como ya les hemos ido informando anteriormente, les recordamos la entrada en vigor y deber de aplicación de los requisitos que establece la Ley 2/2023 de protección a las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción (LPILC).
Esta normativa es de aplicación para España como consecuencia de la trasposición de la directiva UE 2019/1937 de Canales de Denuncia. En este sentido, la Ley 2/2023 incorpora los requisitos de la directiva y complementa otros deberes y obligaciones que deben aplicar las entidades que operan en España.
Los deberes que establece la Ley 2/2023 deben implementarse antes del 13 junio por todas las entidades públicas (excepto municipios de menos de 10.000 ciudadanos) y las entidades privadas de más de 250 empleados. En el resto de entidades deben implementarse antes de diciembre
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