El trabajador cobrará la baja laboral mientras no se revise su situación

El Inss aclara el derecho del empleado a cobrar la prestación, mientras no se haya revisado su pase a la baja permanente, y aunque haya terminado el primer plazo de cobertura.

El trabajador que haya agotado el tiempo de cobertura de la prestación por baja laboral temporal tiene derecho a percibir la retribución correspondiente, mientras espera que el médico de la Seguridad Social revise su situación y le haga un examen, para decidir si pasa, o no, a la situación de incapacidad permanente. La responsabilidad del abono de la prestación sigue siendo de la mutua colaboradora del sistema a la que pertenezca su empresa.

Actualmente, hay unos 22.000 trabajadores en esta situación en espera de que la Seguridad Social -en realidad, la sanidad pública- le revise su situación de baja laboral, una vez que han agotado la prestación.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (Inss) acaba de aclarar, en una circular , qué ocurre con el trabajador que agota el plazo máximo de cobertura por incapacidad temporal -baja laboral-, y tiene que esperar a que le examine la Seguridad Social, para decidir si le da de alta o, por el contrario, lo traslada a la incapacidad permanente, con la correspondiente pensión.

La baja laboral temporal tiene un plazo máximo de 540 días, que es año y medio, ó 18 meses. A partir de ahí, la sanidad pública tiene 90 días de plazo máximo para revisar la situación del trabajador. No obstante, en algunas situaciones excepcionales, la

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