EL IMPORTANTE AVISO DEL SEPE A LOS EMPLEADOS DE HOGAR

Podrán presentar en papel el certificado de empresa requerido para empezar a cobrar el paro, y no será necesario esperar a que lo envíe telemáticamente el empleador

 

Las empleadas de hogar tienen derecho a paro cuando han cotizado por desempleo más de 360 días, como el resto de trabajadores. Una equiparación de derechos introducida por el Real Decreto-ley 16/2022 para la mejora de las condiciones de trabajo y Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar. La aprobación de esta norma ha supuesto, según el ministerio de Trabajo y Economía Social, «un paso efectivo e imprescindible hacia la realización de la igualdad de género en el mundo del trabajo y en el ejercicio efectivo de la igualdad de derechos y de protección de la mujer ante la ley».

 

En virtud de este decreto, la cotización por desempleo es obligatoria para las empleadas de hogar desde el 1 de octubre de 2022. Las bases de cotización serán las correspondientes a las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. El tipo aplicable se determina, desde enero de este año, según lo establecido en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado.

 

La empleada de hogar estará en situación legal de desempleo cuando se le extingue el contrato de trabajo mediante comunicación escrita de la persona empleadora. En ese escrito debe figurar, «de modo claro e inequívoco» la voluntad del empleador de dar por finalizada la relación la

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