Custodia compartida tras separación o divorcio: todo lo importante

Custodia compartida tras separación o divorcio: todo lo importante Custodia compartida tras separación o divorcio: todo lo importanteG.Elías y Muñoz Abogados Mié, 01/11/2023 - 08:15

Tras una separación o divorcio, ya sea por mutuo acuerdo o por decisión judicial, los progenitores pueden seguir un régimen de custodia compartida sobre sus hijos menores o incapacitados. Esto quiere decir que ambos tienen los mismos derechos y obligaciones en este sentido. Es una figura que aparece regulada en el artículo 92 del Código Civil español y en la conocida como “ley de custodia compartida”. De todo ello queremos hablarle aquí.

Aspectos preliminares a tener en cuenta

Muchas personas tienden a confundir el concepto de guarda y custodia con el de patria potestad. Sin embargo, no son sinónimos. Aquí vamos a explicar las diferencias:

  • La guarda y custodia. Es un concepto que se centra sobre la convivencia diaria y habitual con los hijos menores de edad una vez que se ha producido la separación o divorcio.
  • La patria potestad. Hace referencia a la representación general del hijo menor de edad o discapacitado, así como a la administración de sus bienes hasta que alcance los 18 años. Se obtiene por el mero hecho de ser progenitor de un niño, si bien es cierto que un juez puede privar de ella en determinadas circunstancias.

Lo normal es que, siempre que no haya violencia de género u otro factor similar de por medio, ambos progenitores conserven la patria potestad de los hijos. Sin embargo, la convivencia habitual

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