El ejercicio de la actividad empresarial por parte del empresario puede revestir distintas formas, que pone el ordenamiento jurídico a disposición de los particulares para satisfacer sus concretas necesidades. Siendo esto así, los criterios de elección de la forma jurídica de una sociedad son muy variados, y tomaran en consideración aspectos relacionados con la responsabilidad, con la fiscalidad, con las exigencias legales, con la forma jurídica que se ajusta mejor a la actividad que se va a desarrollar así como a las perspectivas que tengan conforme, en su caso, al plan de negocio, etc.
Normalmente, lo primero que debe plantearse es si para la actividad que se quiere desarrollar, la ley exige alguna forma social concreta. En este supuesto, la elección de una forma u otra no es una opción, es un requisito sine qua non si se quiere desarrollar esa actividad específica. Por ejemplo, para concretas actividades en el sector financiero o seguros se exige una sociedad anónima.
Otro de los factores que ha de tomarse en consideración tiene relación con la limitación de responsabilidad, pues dependiendo de la forma jurídica que se elija se deberá responder o no con todo el patrimonio, presente y futuro, de las deudas que se contraigan en el desarrollo de la actividad empresarial.
Por otro lado, no es lo mismo optar por la figura del empresario individual o ser socio de una sociedad colectiva, donde se respon
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