A partir del ejercicio 2016, a través de la Orden HFP/816/2017, de 28 de agosto, se aprobó el modelo 232, de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios considerados como paraísos fiscales, mediante el cual se traslada la información sobre dichas operaciones, que tradicionalmente se venía incluyendo en el modelo 200 de declaración del Impuesto sobre Sociedades, a una nueva y separada declaración informativa.
En este modelo se incluyen tres declaraciones diferentes:
Esta información es exigible, con carácter general, durante el mes siguiente a los diez meses posteriores a la conclusión del período impositivo (o cuatro meses después de la fecha de presentación de las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades). Es decir, en el caso de que la Compañía tenga ejercicio natural, el modelo deberá presentarse durante el mes de noviembre.
En el ámbito de las operaciones vinculadas, la Ley y Reglamento del Impuesto sobre Sociedades determinan la obligación de elaborar la documentación de precios de transferencia por las entidades afectadas. No obstante, hay que tener en cuenta que la obligación de doc
...¿Te ha gustado este artículo?
ABOGADOS POR LOCALIDADES
ABOGADOS POR ESPECIALIDADES